Intendente Don Nelson José Ipérico
El crecimiento de una ciudad y el desarrollo para todos sus habitantes es la consecuencia de una adecuada planificación y gestión estratégica con capacidad de establecer objetivos y prioridades.
La concreción de ideas, aspiraciones y valores en la definición de un Plan de Gestión son el requerimiento de los gobiernos que buscan ser eficaces y eficientes para responder a las demandas urbanas y sociales con acciones adecuadas y una organización efectiva.
El crecimiento y desarrollo para los ciudadanos de la ciudad de Bell Ville es la consecuencia de una adecuada planificación y gestión estratégica a través de distintos programas destinados a establecer objetivos y prioridades de acuerdo a la dinámica de crecimiento que muestra nuestra ciudad.
Los principales ejes de actuación de la Gestión, que orientan las acciones de gobierno y que constituyen el marco contenedor de todos los proyectos y programas, se resumen en:
Promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante, reglamentándolas cuando fuere necesario.
Presentar proyectos de nuevas ordenanzas, proponer la modificación o derogación de las existentes y ejercer el derecho de veto total o parcial.
Convocar a elecciones municipales ordinarias o extraordinarias.
Convocar al Concejo Deliberante a sesiones extraordinarias, cuando razones de interés público lo exijan.
Dar al Concejo Deliberante y al Tribunal de Cuentas los informes que soliciten y las copias de la documentación que requieran, concurriendo a las sesiones del primero cuando lo juzgue oportuno o sea convocado, pudiendo participar en los debates, pero no votar.
Concurrir al Concejo Deliberante, a la primera sesión ordinaria de cada año, y en las fechas que el Concejo determine, a los fines de informar sobre el estado general de la Municipalidad y la marcha del gobierno.
Conocer y resolver originariamente o por vía de recursos, en las causas o reclamos administrativos cuando por Carta Orgánica no se acuerda esa facultad a otro órgano.
Convenir con la Nación o la Provincia la percepción de tributos.
Administrar los bienes municipales; proponer los pliegos para las licitaciones; aprobar o desechar las propuestas; realizar las obras públicas y prestar los servicios públicos de naturaleza e interés municipal, en forma directa o por contratación o concesión a terceros en la forma reglada en Carta Orgánica.
Controlar la prestación de los servicios públicos.
Hacer practicar los balances y publicar un resumen del estado de la tesorería, ejecución del presupuesto, endeudamiento y altas y bajas del personal, y presentar ese resumen trimestralmente, de acuerdo a lo establecido por Carta Orgánica.
Secretaría Privada: Agostina S. Ortíz
Teléfono: 03534-414484 415207 415223 415288 (interno 106)
E-mail: intendencia@bellville.gov.ar